Muchas veces se piensa que el trabajo del Presidente
de la Republica es acabar con la pobreza o con las personas malas o con las
enfermedades, como si el presidente fuera un súper héroe de la nación y si este
no hace el trabajo esperado entonces, fue un mal presidente. Pero; ¿Cuáles son
las verdaderas funciones que hace el presidente de México? Aquí lo mostramos según
la Constitución.
Con relación a lo establecido en el Art. 89
de la Constitución Política Mexicana: señala que son facultades
y obligaciones del Presidente las siguientes:
I. Promulgar y
ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera
administrativa a su exacta observancia;
II. Nombrar y
remover libremente a los secretarios del despacho, remover a los agentes
diplomáticos y empleados superiores de Hacienda, y nombrar y remover libremente
a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté
determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes;
III. Nombrar a
los ministros, agentes diplomáticos y cónsules generales, con aprobación del
Senado.
IV. Nombrar,
con aprobación del Senado, los coroneles y demás oficiales superiores del
Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, y los empleados superiores de
Hacienda;
V. Nombrar a
los demás oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, con arreglo
a las leyes.
VI. Preservar
la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad
de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza
Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación.
VII. Disponer
de la Guardia Nacional para los mismos objetos, en los términos que previene la
fracción IV del artículo 76.
VIII. Declarar
la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos, previa ley del Congreso de
la Unión.
IX. Designar,
con ratificación del Senado, al Procurador General de la República;
X. Dirigir la
política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar,
denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular
declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación
del Senado. En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo
observará los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los
pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la
proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones
internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación
internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los
derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales.
XI. Convocar
al Congreso a sesiones extraordinarias, cuando lo acuerde la Comisión
Permanente.
XII. Facilitar
al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus
funciones.
XIII.
Habilitar toda clase de puertos, establecer aduanas marítimas y fronterizas y
designar su ubicación.
XIV. Conceder,
conforme a las leyes, indultos a los reos sentenciados por delitos de
competencia de los tribunales federales y a los sentenciados por delitos del
orden común, en el Distrito Federal;
XV. Conceder
privilegios exclusivos por tiempo limitado, con arreglo a la ley respectiva, a
los descubridores, inventores o perfeccionadores de algún ramo de la industria.
XVI. Cuando la
Cámara de Senadores no esté en sesiones, el Presidente de la República podrá
hacer los nombramientos de que hablan las fracciones III, IV y IX, con
aprobación de la Comisión Permanente;
XVIII.
Presentar a consideración del Senado, la terna para la designación de Ministros
de la Suprema Corte de Justicia y someter sus licencias y renuncias a la
aprobación del propio Senado;
XX. Las demás
que le confiere expresamente esta Constitución.
Otras
facultades del Presidente
El Presidente
de la República, entre sus facultades y obligaciones, tiene las de: Difundir y
ejecutar las leyes que realicen los senadores y los diputados; designar a
secretarios de Estado; ministros de la Suprema Corte; Procurador de la
República; a los oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, entre otros;
asimismo, tiene la obligación de resguardar la seguridad de la Nación, interior
y defensa exterior de la Federación; declarar la guerra en nombre de los
mexicanos; conducir la política exterior y celebrar tratados internacionales
con otros países; conceder absoluciones a los reos sentenciados por delitos de
conformidad con las leyes aplicables, entre otras obligaciones y facultades que
expresamente le otorga la Constitución Mexicana.